La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), publicó este 18 de octubre, la resolución de Medidas Provisionales de 14 de octubre de 2019. En la que refiere asuntos integrantes del Centro Nicaragüense de Derechos Humanos y de la Comisión permanente de Derechos Humanos (CENIDH-CPDH) en Nicaragua.
La resolución enfatiza en requerir que el Estado adopte de forma inmediata las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y la integridad personal de los y las integrantes del Centro Nicaragüense de Derechos Humanos (CENIDH) y de la Comisión Permanente de Derechos Humanos (CPDH). Y asegurar la continuidad de sus labores en defensa de los derechos humanos sin ser objeto de hostigamientos, amenazas o agresiones.
El pasado 29 de julio de 2021, un operativo policial entró en la vivienda de la madre de María del Socorro Oviedo Delgado, integrante de la CPDH. Y “sin mediar palabras y sin presentar orden de allanamiento y captura, ingresaron a la vivienda y arrestaron” a Oviedo, “sin leerle ningún derecho consagrado en la Constitución Política de Nicaragua”. Oviedo fue trasladada a la Delegación Policial de León y, posteriormente, a la Dirección de Auxilio Judicial Nacional Complejo Policial Evaristo Vásquez en la ciudad de Managua.
Lea Resolución https://www.corteidh.or.cr/docs/medidas/integrantes_centro_ni_se_04.pdf
Los representantes indicaron que, a raíz de estos hechos, interpusieron varios Recursos de Exhibición Personal ante la Sala Penal del Tribunal Apelaciones de Managua, así como varios recursos de queja ante la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, los cuales fueron rechazados.
“El 30 de julio de 2021 el Ministerio Público emitió el comunicado No. 048-2021 en donde anunció la realización de audiencia de garantía y tutela constitucional, tras la cual se acordó la detención judicial de la señora Oviedo por 90 días. Precisando que dicha audiencia se realizó sin la presencia de su abogado defensor”. Cita la resolución.
Al respecto, indicaron que se interpusieron varias peticiones ante la autoridad judicial a cargo para ver satisfecho el derecho de Oviedo a ser entrevistada por su abogado defensor y acceder a una copia del expediente, si bien todas esas solicitudes fueron “ignoradas”. Asimismo, precisaron que la Maria Oviedo estaba siendo procesada por ser presunta autora del delito de conspiración para cometer menoscabo a la integridad nacional, de conformidad con los artículos 410 y 412 del Código Penal, en perjuicio de la sociedad nicaragüense y del Estado de Nicaragua.
LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS RESUELVE:
- Requerir al Estado que proceda a la liberación inmediata de la señora María del Socorro Oviedo Delgado.
- Requerir al Estado que adopte de forma inmediata las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida, la integridad y libertad personal de la señora María del Socorro Oviedo Delgado y de su núcleo familiar.
- Requerir al Estado que informe a la Corte Interamericana de Derechos Humanos a más tardar el 29 de octubre de 2021 sobre las medidas adoptadas para dar cumplimiento a esta decisión. Con posterioridad, el Estado deberá presentar la información correspondiente en el marco del informe periódico que debe presentar en razón de lo ordenado en la Resolución de 1 de septiembre de 2021.
- Requerir a los representantes de la persona beneficiaria y a la Comisión Interamericana que presenten sus observaciones dentro de un plazo de una y dos semanas, respectivamente, contadas a partir de la notificación del primer informe del Estado.
- Disponer que la Secretaría de la Corte notifique la presente Resolución al Estado, a la Comisión Interamericana y a los representantes de los beneficiarios.