La situación de los derechos humanos en Nicaragua empeoró durante el año 2024.  El gobierno intensificó sus ataques a las libertades civiles y también violó la libertad religiosa al acosar y detener a feligreses y líderes religiosos.

Entre los problemas significativos de derechos humanos se incluyen informes creíbles de: asesinatos arbitrarios o ilegales; desapariciones; tortura o tratos o castigos crueles, inhumanos o degradantes; arresto y detención arbitrarios; represión transnacional contra individuos en otro país; serias restricciones a la libertad de expresión y de prensa, a incluir violencia o amenazas de violencia contra periodistas, arrestos o enjuiciamientos injustificados de periodistas, censura, y serias restricciones a la libertad en internet; restricciones a la libertad religiosa; trata de personas, incluyendo trabajo forzado; restricciones significativas a la libertad de asociación de los trabajadores; y las peores formas de trabajo infantil.

El gobierno no tomó medidas creíbles para identificar y castigar a los funcionarios que cometieron abusos en contra de los derechos humanos.

Las fuerzas parapoliciales —unidades no uniformadas, armadas y enmascaradas con entrenamiento táctico marginal y una jerarquía laxa que actuaron en coordinación con las fuerzas de seguridad del gobierno y reportaban directamente a la Policía Nacional de Nicaragua e individuos vinculados al gobierno del presidente Daniel Ortega Saavedra— llevaron a cabo una campaña de acoso, intimidación y violencia contra quienes percibían como enemigos del régimen, tales como ex presos políticos y sus familias, campesinos, grupos de oposición prodemocráticos, defensores de los derechos humanos, líderes del sector privado, clérigos, otros actores religiosos, y grupos de la sociedad civil afiliados a la iglesia, así como miembros del partido gobernante que expresaron disidencia o el deseo de desertar.  Las autoridades no investigaron ni procesaron estas acciones.

Sección 1. Vida

  1. Asesinatos extrajudiciales

Hubo varios reportes de que el gobierno o sus agentes cometieron asesinatos arbitrarios o ilegales durante el año.  El acoso y la persecución del partido gobernante y la parapolicía impidieron que los grupos de derechos humanos obtuvieran información sobre tales casos.  No obstante, las organizaciones de derechos humanos y los medios de comunicación independientes alegaron que algunos asesinatos fueron por motivos políticos, una acusación difícil de confirmar porque el gobierno se negó a realizar investigaciones oficiales.  Los informes de asesinatos eran comunes en la Región Autónoma del Caribe Norte.  Los grupos de derechos humanos declararon que estos asesinatos ilustran la continuación de una campaña de terror contra los grupos indígenas por parte de miembros o afiliados del gobernante Frente Sandinista de Liberación Nacional (FSLN) que buscan invadir y apoderarse de tierras y recursos naturales de los territorios indígenas autónomos.  El 22 de marzo, 30 colonos (forasteros armados no indígenas) atacaron una comunidad indígena en Amtrukna, en el territorio Mayangna Sauni As.  Los colonos dispararon contra civiles desarmados y prendieron fuego a varias casas.  Fue difícil evaluar la gravedad del ataque debido a la falta de una investigación oficial.

  1. Coerción en el control de la población

No hubo informes de aborto forzado o esterilización involuntaria por parte de las autoridades gubernamentales.

 

Sección 2. Libertad

  1. Libertad de prensa

La ley prevé la libertad de expresión, incluso para los miembros de la prensa y otros medios, pero el gobierno no respetó este derecho.  Las violaciones relativas a la libertad de prensa, la ausencia de un poder judicial independiente y un sistema político no democrático se combinaron para obstruir la libertad de expresión, incluso para los miembros de los medios de comunicación.  Los medios de comunicación independientes se enfrentaron a restricciones oficiales y no oficiales.  El gobierno penalizó arbitrariamente a quienes expresaron opiniones contrarias a la ideología del partido gobernante.  El gobierno utilizó represalias y la ley para anular la capacidad de las personas para criticar al gobierno.  La policía y la parapolicía sometieron a vigilancia, acoso, encarcelamiento y abuso a las personas que criticaron al gobierno, al partido gobernante o a sus políticas, incluso al discutir asuntos de interés público.  Las expresiones favorables a la religión católica fueron atacadas severamente.

 

Ataques físicos, encarcelamiento y presión

Los periodistas fueron objeto de violencia gubernamental, acoso, ciberataques y amenazas de muerte.  Además, el gobierno exilió a algunos propietarios de medios y periodistas y les despojó de su nacionalidad.  Las autoridades impidieron que otros salieran o volvieran a entrar al país, les retiraron sus pasaportes o no se los renovaron intencionadamente.  Según un informe de julio del Grupo de Periodistas y Comunicadores Independientes de Nicaragua, la vigilancia, el acoso y la persecución por parte de la policía, la parapolicía o miembros del FSLN obligaron a 10 periodistas a exiliarse, lo que eleva el número total de periodistas exiliados a 276 desde 2018.  Según el mismo informe, no se produjeron noticias independientes en más de la mitad del país.

El 9 de julio, agentes de la Policía Nacional de Nicaragua (PNN) allanaron la casa de Nohelia González, ex editora del periódico La Prensa y ex colaboradora de un canal de televisión católico, y la expulsaron del país sin una acusación formal ni un proceso legal en su contra.

Las autoridades detuvieron brevemente y luego liberaron a otros periodistas con la amenaza de que serían encarcelados a menos que dejaran de publicar noticias contrarias a las narrativas oficiales.

El gobierno confiscó la propiedad y el equipo de los medios de comunicación cuyas licencias habían sido canceladas.  El gobierno continuó ocupando las oficinas de La Prensa, el semanario Confidencial y el canal de televisión 100% Noticias.

Censura por gobiernos, militares, inteligencia o fuerzas policiales, grupos criminales o grupos armados extremistas o rebeldes

Aunque la ley que garantiza el derecho a la información no permitía la censura, el gobierno y los actores bajo su control tomaron represalias contra la prensa y las estaciones de radio y televisión bloqueando las transmisiones, confiscando los equipos de grabación, bloqueando el reingreso al país, encarcelando a periodistas y ciudadanos por expresar noticias y opiniones en las redes sociales, y cometiendo violencia contra los periodistas. Muchos medios de comunicación independientes informaron desde el exilio; los pocos periodistas que permanecieron en el país operaron clandestinamente para evitar la censura, los asaltos y las amenazas.

Las restricciones para adquirir licencias y equipos de transmisión y la cancelación arbitraria de licencias impidieron que los medios de comunicación operaran libremente.

Los medios de comunicación independientes, algunos de los cuales operaban dentro del país pero la mayoría desde el exilio, se enfrentaron a restricciones para recopilar información, como no poder asistir a eventos oficiales del gobierno, que se les negara entrevistas por parte de funcionarios del gobierno, y recibir acceso limitado o nulo a la información gubernamental.  Los medios oficiales no se vieron afectados por estas restricciones.

El gobierno canceló las licencias de operación de seis medios de comunicación, incluida Radio María, una estación de radio con cobertura nacional vinculada a la Iglesia Católica.  Según el Grupo de Periodistas y Comunicadores Independientes de Nicaragua, en los seis años anteriores el gobierno cerró 56 organizaciones de medios de comunicación; además, 22 programas de noticias y 13 programas de entrevistas de opinión cesaron sus operaciones debido al acoso y la persecución.

El estado ejerció una considerable influencia, propiedad y control sobre la mayoría de los medios de comunicación.  El partido gobernante fusionó todos los medios de comunicación oficiales y los medios privados bajo su propiedad directa bajo un Consejo de Comunicación y Ciudadanía encabezado por el hijo del presidente y la vicepresidenta, Daniel Edmundo Ortega Murillo. El consejo sirvió para coordinar los mensajes dirigidos por el partido gobernante y para procurar capacitación para el personal de estos medios en China y la Federación Rusa o por sus “expertos” en el país.  Los socios comerciales del presidente o sus familiares controlaban en gran medida o poseían y administraban directamente los canales de televisión nacionales.  Ocho de los 10 canales básicos disponibles estaban bajo la influencia directa del FSLN o eran propiedad y estaban controlados por personas con estrechos vínculos con el gobierno.  Las estaciones de medios propiedad de la familia presidencial generalmente limitaban la programación de noticias y servían como salidas para la propaganda progubernamental o del FSLN y los anuncios de campaña.  Otros medios que operaban en el país se autocensuraron significativamente para evitar represalias oficiales.

Continuaba en vigor un decreto que obligaba a todas las estaciones de cable privadas a transmitir mensajes oficiales de emergencia y de interés especial de televisión y radio, y se usaba regularmente, incluso para situaciones que no eran de emergencia.  El gobierno obligó a la prensa independiente a utilizar los medios oficiales para cubrir las actividades presidenciales y utilizó granjas de trolls (grupos de comentaristas de internet pagados para manipular las opiniones políticas) tanto dentro como fuera del país para amplificar sus propios mensajes o atacar los sitios web de los medios independientes.  Hubo informes creíbles de que el gobierno censuró el contenido en línea.  Una ley de ciberdelincuencia de septiembre prohibió a cualquier persona, incluidas las que se encontraban fuera del país, difundir información que pudiera producir “ansiedad” en el público.

La prensa y las organizaciones de derechos humanos afirmaron que el uso de fondos estatales para los medios oficiales, así como la distribución sesgada de dólares de publicidad del gobierno, colocó a los medios independientes en una desventaja extrema. Algunos propietarios de medios independientes también alegaron que el gobierno ejerció presión sobre las empresas privadas para limitar la publicidad en los medios independientes, aunque otros observadores creían que la falta de publicidad era el resultado de la autocensura de las empresas privadas.  Muchos periodistas practicaron la autocensura, por temor a las repercusiones económicas y físicas de los reportajes de investigación sobre el crimen o la corrupción oficial.  Además, los propietarios de los medios de comunicación ejercieron la autocensura al optar por no publicar noticias que afectaran la percepción pública del gobierno o del FSLN.

 

La parapolicía bajo el control del FSLN trabajó en conjunto con la PNN y los comités de barrio del FSLN para atacar, vigilar y restringir cualquier forma de expresión crítica del partido gobernante o de sus políticas e intereses.  En marzo, agentes de la PNN y la parapolicía atacaron y detuvieron a laicos católicos que participaban en eventos de Semana Santa, a menudo por expresar públicamente el deseo de que el Monseñor Rolando Álvarez fuera liberado de prisión.  Hubo informes creíbles de que el gobierno monitoreó las comunicaciones privadas en línea sin la autoridad legal apropiada y en algunos casos censuró el contenido en línea o restringió o interrumpió el acceso a internet.  Los medios de comunicación independientes informaron que el gobierno proporcionó apoyo logístico para granjas de trolls que llevaban a cabo rutinariamente ciberataques contra los sitios web de los medios de la oposición y las cuentas de las redes sociales.  Se informó que los trolls y los bots rastreaban las cuentas de las redes sociales de la oposición para tomar represalias contra los usuarios considerados opositores del partido gobernante.  Los partidarios del gobierno pagados utilizaron las redes sociales y los espacios de comentarios de los sitios web para acosar a miembros prominentes de la sociedad civil, defensores de los derechos humanos, individuos afiliados a diócesis católicas e iglesias evangélicas, y periodistas conocidos.  Las defensoras de los derechos humanos indígenas fueron atacadas en línea.  Existe evidencia anecdótica de casos de abuso basado en imágenes, doxing, ciberacoso, acoso sexual y de género en línea, y ciberacoso.

  1. Derechos de los trabajadores

Libertad de asociación y negociación colectiva

La ley estableció el derecho de todos los trabajadores, excepto los militares y la policía, a formar y unirse a sindicatos sin autorización previa, a negociar colectivamente y a realizar huelgas.  No obstante, los trabajadores vivían en lo que el Comité de Expertos de la Organización Internacional del Trabajo llamó un “clima persistente de intimidación y acoso a las organizaciones de trabajadores y empleadores independientes”.  El control del gobierno sobre todos los sindicatos principales anuló efectivamente el derecho de los trabajadores a unirse a sindicatos independientes de su propia elección.  El partido gobernante utilizó su control sobre los sindicatos principales para acosar e intimidar a los trabajadores en varios sectores, incluyendo la construcción, la educación, la atención médica, el sector público y las zonas francas.  Los convenios colectivos duraban hasta dos años y se renovaban automáticamente si ninguna de las partes solicitaba su revisión.  Sin embargo, los convenios colectivos en las zonas francas eran por períodos de cinco años. Las empresas en disputas con sus empleados estaban obligadas a negociar con el sindicato de los empleados si existía uno.  Por ley, varios sindicatos podían coexistir en una misma empresa, y la ley permitía a la gerencia firmar acuerdos colectivos por separado con cada sindicato.  Aunque la ley establecía un proceso de arbitraje en los tribunales laborales, estos estaban sujetos a largos tiempos de espera y a procedimientos largos y complicados, y muchas disputas laborales se resolvieron fuera de los tribunales.

La constitución reconoció el derecho a la huelga, con ciertas restricciones.  La ley prohibía la discriminación antisindical y establecía el derecho a la reincorporación de los trabajadores despedidos por actividad sindical.  Los procedimientos de conciliación onerosos y prolongados y el control del gobierno de todos los sindicatos principales impidieron la capacidad de los trabajadores para convocar a huelgas.  En las empresas más pequeñas donde los sindicatos principales no estaban presentes, el gobierno creó sindicatos alineados con el gobierno para difundir los esfuerzos para organizar huelgas u otras acciones laborales.  Además, si una huelga continuaba durante 30 días sin resolución, el Ministerio de Trabajo podía suspender la huelga y someter el asunto a arbitraje.

 

La libertad de asociación y el derecho a la negociación colectiva no se respetaron, y el gobierno a menudo intervino por razones políticas.  Por ejemplo, el gobierno suspendió un sindicato y arrestó a su líder para interrogarlo porque el sindicato planeaba una conferencia en el país que habría incluido a asistentes de una organización laboral internacional.  El gobierno no hizo cumplir las leyes de manera efectiva.  La ley no establecía multas específicas para las violaciones de la ley laboral; las penalizaciones impuestas a discreción de los funcionarios del Ministerio de Trabajo eran proporcionales a las de otras leyes que implicaban la denegación de derechos civiles, como la discriminación.  Las penalizaciones sólo a veces se aplicaban a los infractores.

 

Ocurrieron despidos por motivos políticos.  La afiliación al partido FSLN o las cartas de recomendación de los secretarios del partido, los coordinadores del gabinete familiar u otros funcionarios del partido supuestamente eran requisitos para los solicitantes que buscaban trabajos en el sector público o para retener el empleo en el sector público.  Por ley, durante una huelga, los empleadores no podían contratar trabajadores de reemplazo. Los observadores notaron un sentido de impunidad cuando los empleadores o sindicatos alineados con el partido gobernante interferían en el funcionamiento de las organizaciones de trabajadores y cometían otras violaciones relacionadas con la libertad de asociación y la negociación colectiva.  Los líderes laborales señalaron que los empleadores violaban rutinariamente los acuerdos colectivos y las leyes laborales con impunidad.  Los observadores acusaron a las federaciones sindicales afiliadas al gobierno de proteger los intereses de los empleadores al identificar y aislar a los trabajadores que intentaban organizar sindicatos independientes.  El gobierno fue acusado de frustrar los intentos de formar sindicatos independientes a través de retrasos arbitrarios en los procedimientos.

 

Muchos empleadores en el sector formal continuaron poniendo en la lista negra o despidiendo a los miembros de los sindicatos y no los reincorporaron.  Muchos de estos casos no llegaron al sistema judicial o a un proceso de mediación dirigido por el Ministerio de Trabajo.  Los empleadores también evitaron las penalizaciones legales al organizar sindicatos dirigidos por los mismos empleadores, los cuales carecían de independencia, y además al utilizar con frecuencia a trabajadores por contrato para reemplazar a los empleados en huelga.  Hubo informes de que las cuotas del partido FSLN se deducían automáticamente de los cheques de pago.  El personal del sector público informó que se le obligó a tomar entrenamiento con armas, supuestamente para defender al país contra otro intento de golpe de estado.

Trabajo forzado u obligatorio

Consulte el Informe anual sobre la trata de personas del Departamento de Estado en https://www.state.gov/trafficking-in-persons-report/

 

Condiciones de trabajo aceptables

Leyes Sobre Salarios y horarios Laborales

La ley estableció un salario mínimo legal para 10 sectores económicos.  Según analistas independientes, el salario mínimo legal promedio cubría menos del 50 por ciento del costo de la canasta básica.  La semana laboral legal estándar estaba limitada a 48 horas, con un día de descanso.  La ley dictaba un bono obligatorio de fin de año equivalente a un mes de salario, proporcional al número de meses trabajados.  La ley ordenaba un pago extra por horas extras, prohibía las horas extras obligatorias y establecía un máximo de tres horas de horas extras por día que no excedieran las nueve horas por semana.  Los empleadores a menudo ignoraban las limitaciones legales sobre las horas trabajadas y afirmaban que los trabajadores se ofrecían voluntariamente para trabajar horas extra para recibir un pago adicional.  Se informó de horas extras obligatorias en el sector de la seguridad privada, donde a menudo se requería que los guardias trabajaran turnos excesivos sin descanso. Los empleadores a menudo retrasaban los pagos de indemnización a los trabajadores despedidos u omitían los pagos por completo.

Salud y seguridad en el trabajo

Existían estándares de salud y seguridad del trabajo (SST) para las principales industrias del país.  Los expertos en SST del Ministerio de Trabajo identificaron activamente las condiciones inseguras y respondieron a las quejas de los trabajadores.  El Ministerio de Trabajo, a través de su Oficina de Higiene y Seguridad del Trabajo, fue responsable de hacer cumplir las leyes de SST.  Por ley, los trabajadores podían retirarse de situaciones que pusieran en peligro su salud o seguridad sin poner en peligro su empleo.  No estaba claro si las autoridades protegían eficazmente a los empleados en tales casos.  El Consejo Nacional de Higiene y Seguridad del Trabajo, así como sus comités departamentales, era responsable de implementar la legislación de seguridad de los trabajadores y colaborar con otras agencias gubernamentales y organizaciones de la sociedad civil en el desarrollo de programas de asistencia y la promoción de actividades de capacitación y prevención. Según los representantes laborales, el consejo estuvo inactivo durante todo el año.  Se requería que las empresas formaran comités de SST entre la administración y los empleados.  Los accidentes de seguridad y salud ocurrieron con mayor frecuencia en la fabricación, la agricultura y la ganadería.

Aplicación de las leyes de salarios, horas y SST

El gobierno generalmente hizo cumplir las leyes de salario mínimo en el sector formal, pero no hizo cumplir de manera efectiva las leyes de horas extras y de SST.  Las penalizaciones por violaciones de las leyes de salario mínimo y horas extras eran proporcionales a las de delitos similares, como el fraude.  Las penalizaciones rara vez se aplicaban a los infractores. La ley permitía a los inspectores laborales realizar inspecciones sin previo aviso e iniciar sanciones por violaciones.  Hubo informes de corrupción de inspectores. El Ministerio de Trabajo era la principal agencia de aplicación.  El gobierno no asignó personal adecuado u otras medidas para hacer cumplir el cumplimiento de las disposiciones de salarios, horas extras o de SST. Las sanciones por violaciones de las leyes de SST eran proporcionales a las de delitos como la negligencia, pero rara vez se aplicaban. Los grupos independientes estimaron que el sector informal constituía más del 80 por ciento de la fuerza laboral.  El gobierno no hizo cumplir las leyes laborales en este sector.

  1. Desaparición y secuestro

Desaparición

Hubo informes de desapariciones forzadas por o en nombre de las autoridades gubernamentales.  Varias organizaciones de derechos humanos informaron que la PNN y las autoridades penitenciarias desaparecieron forzosamente a miembros de la oposición política. Estas organizaciones citaron muchos casos en los que las autoridades detuvieron a opositores políticos sin informar a los familiares o al asesor legal, sin proporcionar información sobre dónde se encontraban, sin presentar a los presos en un tribunal público y negando todo acceso a recursos legales como el hábeas corpus. En al menos nueve casos, las fuerzas de seguridad mantuvieron a los presos políticos incomunicados durante un máximo de tres meses, transfiriéndolos ocasionalmente a diferentes prisiones y a hospitales y clínicas médicas sin obtener una orden de las autoridades civiles o informar al asesor legal o a las familias de los presos. Las autoridades no publicaron muchos de los casos contra presos políticos en el sistema de información en línea del poder judicial.  Las autoridades detuvieron, encarcelaron y desterraron a Roma a al menos nueve sacerdotes sin informar a los familiares o al asesor legal ni presentar cargos formales contra ellos.

Detención prolongada sin cargos

La ley prohibía el arresto y la detención arbitrarios y establecía el derecho de las personas a impugnar la legalidad de su arresto o detención en los tribunales. Sin embargo, el gobierno generalmente no permitía que aquellos considerados oposición política impugnaran la legalidad de su arresto o detención. En estos casos, los jueces regularmente negaban o ignoraban las protecciones constitucionales para los detenidos, incluido el hábeas corpus. Según organizaciones no gubernamentales independientes, las autoridades realizaron muchas detenciones basadas en decisiones políticas tomadas por el presidente y la vicepresidenta o por un pequeño grupo de oficiales de inteligencia que trabajaban bajo su mando con la ayuda de los comités de barrio del FSLN.

La detención prolongada antes del juicio fue un problema. Muchos líderes de la oposición y manifestantes a favor de la democracia fueron detenidos y retenidos sin cargos y sin que se les concediera el debido proceso. Los observadores notaron que en varias instancias las autoridades impusieron deliberadamente detenciones prolongadas antes del juicio contra líderes de protestas específicos y contra clérigos católicos.

La policía podía retener legalmente a un sospechoso durante 48 horas antes de requerirse una lectura de cargos o la liberación, y la Fiscalía podía solicitar una orden judicial para que la PNN retuviera a los sospechosos durante 15 a 90 días si el juez consideraba que el caso era complejo. Luego, se le exigía a un juez que ordenara la liberación del sospechoso o su traslado a la cárcel para la detención antes del juicio. Las organizaciones de derechos humanos informaron que la policía y los agentes parapoliciales detenían rutinariamente a personas consideradas como oposición al partido gobernante por más tiempo que la ventana de 48 horas, sin cumplir con el requisito de solicitar la extensión limitada a no más de 90 días para continuar su investigación. La PNN y los guardias penitenciarios retuvieron a varios prisioneros durante tres a cinco meses antes de que se les leyeran los cargos.  El gobierno detuvo a varios miembros de la Iglesia Católica Romana durante períodos prolongados sin cargos formales. Expertos en asuntos de seguridad afirmaron que un pequeño grupo de oficiales de inteligencia bajo la dirección de Ortega y Murillo lideró las actividades de monitoreo que informaron los arrestos arbitrarios de miembros de la oposición, miembros del partido que podrían desertar o personal del sector público descontento. El 1 de enero, las autoridades arrestaron a Carlos Bojorge después de que gritara “Viva la Iglesia Católica” al final de la misa dominical en Managua. Su familia solo pudo identificar su lugar de detención en junio después de buscarlo en todos los centros de detención de la ciudad.

Las organizaciones de derechos humanos indicaron que los retrasos en la liberación de los presos después de que terminaran sus penas de prisión llevaron a muchos casos de continuación arbitraria de un estado de arresto. El 5 de septiembre, el gobierno liberó a 135 presos políticos que habían estado detenidos durante períodos prolongados y los expulsó del país.

  1. Violaciones a la libertad religiosa

Consulte el Informe anual sobre la libertad religiosa internacional del Departamento de Estado en https://www.state.gov/religiousfreedomreport/

  1. Trata de personas

Consulte el Informe anual sobre la trata de personas del Departamento de Estado en https://www.state.gov/trafficking-in-persons-report/

 

Sección 3. Seguridad de la persona

  1. Tortura y tratos o castigos crueles, inhumanos o degradantes

Aunque la ley prohibía tales prácticas, los funcionarios del gobierno llevaron a cabo actos que resultaron en un sufrimiento físico o mental grave con el fin de obtener información, infligir castigo y disuadir psicológicamente a otros ciudadanos de informar sobre las acciones del gobierno o participar en acciones cívicas contra el gobierno.  La tortura y el maltrato contra los presos tenían similitudes con el trato contra los presos liberados en 2023 que el Grupo de Expertos en Derechos Humanos de la ONU sobre Nicaragua concluyó que “alcanzaba el umbral de la tortura”.

Las autoridades penitenciarias sometieron a más de 150 presos recluidos en la prisión Jorge Navarro “La Modelo” a tratos crueles y degradantes. Las organizaciones de derechos humanos informaron que los presos fueron intencionalmente mal alimentados y alimentados con comida en mal estado, continuamente interrogados después de la condena, sometidos a períodos prolongados de oscuridad o luz, privados de la luz solar o mantenidos afuera en calor extremo, impedidos de hablar, sometidos a tormento psicológico, se les negó el acceso a material de lectura y objetos religiosos como rosarios y biblias, y se los mantuvo en régimen de aislamiento durante períodos prolongados. Una organización de derechos humanos que rastreó a los presos políticos informó que la capitana de bloque de celdas Rosa Velásquez de la prisión La Modelo permitió el trato inhumano de al menos 50 presos políticos recluidos en dos bloques de celdas bajo su custodia. La misma organización informó que los guardias de la prisión golpearon a los presos en el bloque de celdas 300 del 12 al 18 de agosto por celebrar la noticia de una protesta pública contra las elecciones fallidas en Venezuela y nombraron a Roberto Guevara, director de La Modelo, como el líder de los guardias que atacaron a los presos.

Las organizaciones de derechos humanos informaron que las fuerzas parapoliciales, los funcionarios de la prisión y la policía sometían regularmente a las mujeres presas a cacheos, tratos degradantes, amenazas y otras violencias contra las mujeres mientras estaban bajo custodia. Una organización de derechos humanos informó que, en 2023, una de cada cuatro mujeres presas había sido violada mientras estaba bajo custodia. Los familiares de los presos también sufrieron tratos degradantes por parte de la policía y los guardias de la prisión durante las visitas, incluidos cacheos, sentadillas forzadas y registros de cavidades corporales. Las autoridades penitenciarias amenazaron a los familiares con la pérdida de las oportunidades de visita o con un mayor castigo de los presos si informaban de actos de tortura. La impunidad fue un problema importante entre la policía y las fuerzas parapoliciales en los casos informados de tortura u otros abusos. El gobierno no hizo ningún esfuerzo por investigar las denuncias de que los opositores al régimen fueron torturados o abusados de otra manera.

  1. Protección de los niños

Trabajo infantil

Consulte el informe del Departamento de Trabajo sobre las peores formas de trabajo infantil en https://www.dol.gov/agencies/ilab/resources/reports/child-labor/findings/

 

Matrimonio infantil

La edad legal mínima para contraer matrimonio era de 18 años para hombres y mujeres y 16 con autorización de los padres.  Hubo informes creíbles de matrimonios forzados a temprana edad en algunas comunidades rurales indígenas. No se dispuso de información sobre los esfuerzos del gobierno para abordar o prevenir el matrimonio forzado y a temprana edad.

  1. Protección a los refugiados

El gobierno no cooperó con la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados y otras organizaciones humanitarias para proporcionar protección y asistencia a los refugiados, refugiados que regresan o solicitantes de asilo, así como a otras personas de interés. El gobierno no proporcionó información actualizada sobre refugiados o solicitantes de asilo desde 2015.

Provisión de primer asilo

La ley preveía la concesión de asilo o el estatus de refugiado, y el gobierno tenía un sistema para proporcionar protección a los refugiados. Solo el poder ejecutivo o las embajadas del país en el extranjero podían conceder asilo político.

  1. Actos de antisemitismo e incitación antisemita

El país tenía una población judía muy pequeña. Hubo pocos informes de incidentes antisemitas.

  1. Casos de represión transnacional

El gobierno se involucró en actos de represión transnacional.

Amenazas, acoso, vigilancia o coerción

Los exiliados en Costa Rica y otros lugares informaron de acoso y opresión política por parte de miembros parapoliciales y simpatizantes del FSLN que cruzaron la frontera para atacar a los exiliados, así como por parte de funcionarios de inteligencia dentro de la embajada de Nicaragua en Costa Rica. Ciertas organizaciones creadas por exiliados en Costa Rica informaron que fueron vigiladas fuera de sus oficinas, con individuos desconocidos tomando fotografías de las personas que entraban y salían de sus oficinas. Además, los miembros del personal de estas organizaciones informaron haber recibido mensajes de texto amenazantes recordándoles las agresiones pasadas contra los nicaragüenses en Costa Rica.

Los familiares de miembros de la oposición en el exilio fueron vigilados, acosados, detenidos y condenados injustamente como parte de los intentos del gobierno de obligar a los miembros de la oposición exiliados a regresar al país y enfrentar el arresto. El gobierno rutinariamente negó a estos familiares el acceso a documentos públicos como certificados de nacimiento de niños bajo tutela conjunta o de pasaportes. En varios casos, las autoridades exigieron que un padre previamente exiliado por el gobierno estuviera presente para solicitar documentos públicos para los niños.

Mal uso de las herramientas internacionales de aplicación de la ley

Hubo informes creíbles de que el régimen intentó hacer un mal uso de las Notificaciones Rojas de Interpol con fines políticamente motivados como represalia contra personas que consideraba de la oposición, incluso contra clérigos que se exiliaban. Por ejemplo, el líder de la oposición Douglas Gamaliel Álvarez Morales fue extraditado al país desde Costa Rica en febrero después de que el gobierno emitiera una Notificación Roja en su contra.

Esfuerzos para controlar la movilidad

Hubo informes creíbles de que las autoridades intentaron controlar la movilidad para tomar represalias contra los ciudadanos en el extranjero negándoles los servicios consulares. Las autoridades de migración dentro del país y las oficinas consulares en el extranjero negaron el acceso a pasaportes a los opositores políticos percibidos y a sus familiares, impidiéndoles viajar a un tercer país. Las autoridades de migración analizaron los manifiestos de vuelos entrantes y las listas de ocupantes de las líneas de autobuses internacionales para evitar que los ciudadanos regresaran al país, requiriendo que las aerolíneas y las líneas de autobuses notificaran a esos ciudadanos que las autoridades no les permitirían regresar.

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